Ayudas al Alquiler de Vivienda habitual
La ayuda para bonificación del alquiler de viviendas puede solicitarse para el abono del alquiler desde el 1 de abril y durante un plazo de seis meses. La bonificación máxima será de 900 euros.
La Solicitud se realiza de manera telemática en el siguiente enlace:
Los solicitantes pueden hacer uso de la declaración responsable para avalar los requisitos, y tienen el un plazo de un mes para justificarlos.
Requisitos de la persona solicitante:
- Esté en el desempleo o afectado por una interrupción temporal de empleo (ERTE);
- Que los ingresos de la unidad familiar sean menores en tres veces el IPREM (1.613 euros al mes) y, en caso de unidades familiares con alguno de sus miembros con discapacidad igual o superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, cuatro veces el IMPREM (1).
La ayuda se financiará, en parte, con la partida que el Gobierno de España destina a Andalucía según la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, y el Gobierno andaluz, que ampliará la dotación de la partida.
(1) Modificado en el Real Decreto ley 15/2020 de 22 de abril que modifica el Real Decreto del 31 de marzo de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19
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